BOE-A-2001-10570
Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización.
- Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización.
- Nota inicial
- Preambulo
- TÍTULO I - Normas generales de inversiones exteriores
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- CAPÍTULO II - Suspensión del régimen de liberalización
- Artículo 10
- Artículo 11
- TÍTULO II - Procedimientos de declaración de las inversiones extranjeras en España
- CAPÍTULO I - Modelos impresos de declaración
- Artículo 12
- CAPÍTULO II - De las declaraciones previas de inversiones extranjeras procedentes de paraísos fiscales
- Artículo 13
- Artículo 14
- CAPÍTULO III - De las operaciones de inversión en sociedades no cotizadas, sucursales, inmuebles y otras formas de inversión
- Artículo 15
- Artículo 16
- Sección 1
- Artículo 17
- Artículo 18
- Sección 2
- Artículo 19
- Artículo 20
- CAPÍTULO IV - Declaraciones posteriores relativas a operaciones de inversión en valores negociables
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- CAPÍTULO V - Otras obligaciones
- Artículo 31
- TÍTULO III - Procedimientos de declaración de las inversiones españolas en el exterior
- CAPÍTULO I - Modelos impresos de declaración
- Artículo 32
- CAPÍTULO II - De las declaraciones previas de inversiones españolas con destino en paraísos fiscales
- Artículo 33
- Artículo 34
- CAPÍTULO III - De las operaciones de inversión en sociedades no cotizadas, sucursales, inmuebles y otras formas de inversión
- Artículo 35
- Artículo 36
- Sección 1
- Artículo 37
- Artículo 38
- Sección 2
- Artículo 39
- Artículo 40
- CAPÍTULO IV - Declaraciones posteriores relativas a operaciones de inversión en valores negociables
- Artículo 41
- Sección 1
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Sección 2
- Artículo 47
- Artículo 48
- CAPÍTULO V - Otras obligaciones
- Artículo 49
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Firma