BOE-A-2012-9364
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
- Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
- Nota inicial
- Preambulo
- TÍTULO I - Medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones Públicas
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 5 bis
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- TÍTULO II - Medidas en materia de Seguridad Social y Empleo
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- TÍTULO III - Medidas de racionalización del sistema de dependencia
- Artículo 22
- TÍTULO IV - Medidas fiscales
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- TÍTULO V - Medidas de liberalización comercial y de fomento de la internacionalización empresarial
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- TÍTULO VI - Medidas en materia de infraestructuras, transporte y vivienda
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- TÍTULO VII - Medidas para la supresión de desajustes entre los costes e ingresos en el sector eléctrico
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena
- Disposición adicional décima
- Disposición adicional undécima
- Disposición adicional duodécima
- Disposición adicional decimotercera
- Disposición adicional decimocuarta
- Disposición adicional decimoquinta
- Disposición adicional decimosexta
- Disposición adicional decimoséptima
- Disposición adicional decimoctava
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria octava
- Disposición transitoria novena
- Disposición transitoria décima
- Disposición transitoria undécima
- Disposición transitoria duodécima
- Disposición transitoria decimotercera
- Disposición transitoria decimocuarta
- Disposición transitoria decimoquinta
- Disposición transitoria decimosexta
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Disposición final séptima
- Disposición final octava
- Disposición final novena
- Disposición final décima - «ANEXO IV - Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados - ANEXO V - Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
- Disposición final undécima
- Disposición final duodécima
- Disposición final decimotercera
- Disposición final decimocuarta
- Disposición final decimoquinta
- Firma
- ANEXO - Determinación de los municipios de más de 200.000 habitantes, que en 2011 registraron una elevada ocupación hotelera superior a un millón de personas o un número de pasajeros de cruceros turísticos superior a cuatrocientos mil, a los efectos de declaración de zonas de gran afluencia turística en el año 2012