BOE-A-2024-11377
Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la aviación civil.
- Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la aviación civil.
- [preambulo]
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- CAPÍTULO II - Régimen general de uso de UAS
- Sección 1
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Sección 2
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- CAPÍTULO III - Actividades o servicios no EASA realizados directamente por un organismo investido de autoridad pública
- Sección 1
- Artículo 12
- Artículo 13
- Sección 2
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Sección 3
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- CAPÍTULO IV - Entidades para la formación, examen y evaluación de pilotos a distancia
- Sección 1
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Sección 2
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Sección 3
- Artículo 32
- Artículo 33
- CAPÍTULO V - Utilización del espacio aéreo y zonas geográficas de UAS
- Sección 1
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Sección 2
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Sección 3
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- CAPÍTULO VI - Registros
- Sección 1
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Sección 2
- Artículo 52
- Sección 3
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- CAPÍTULO VII - Competencias y cooperación
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- CAPÍTULO VIII - Disposiciones administrativas comunes
- Artículo 63
- Artículo 64
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena
- Disposición adicional décima
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Disposición final séptima
- Disposición final octava
- Disposición final novena
- Disposición final décima
- Disposición final undécima
- Disposición final duodécima
- [firma]
- ANEXO - Conocimientos teóricos del piloto a distancia y examen de aptitudes prácticas para los escenarios estándar nacionales («STS-ES»)