BOE-A-2015-7391
Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
- Nota inicial
- Preambulo
- TÍTULO PRELIMINAR - Disposiciones generales
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 7 bis
- Artículo 8
- TÍTULO I - De las normas comunes en materia de tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria
- CAPÍTULO I - Normas de Derecho internacional privado
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- CAPÍTULO II - Normas de tramitación
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- TÍTULO II - De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas
- CAPÍTULO I - De la autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- CAPÍTULO I BIS - De la aprobación judicial de la modificación de la mención registral del sexo de personas mayores de doce años y menores de catorce
- Artículo 26 bis
- Artículo 26 ter
- Artículo 26 quater
- Artículo 26 quinquies
- CAPÍTULO I TER - De la aprobación judicial de la nueva modificación de la mención registral relativa al sexo con posterioridad a una reversión de la rectificación de la mención registral
- Artículo 26 sexies
- Artículo 26 septies
- Artículo 26 octies
- Artículo 26 nonies
- CAPÍTULO II - De la habilitación para comparecer en juicio y del nombramiento de defensor judicial
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- CAPÍTULO III - De la adopción
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- CAPÍTULO III bis - Del expediente de provisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad
- Artículo 42 bis.a)
- Artículo 42 bis.b)
- Artículo 42 bis.c)
- CAPÍTULO IV - De la tutela, la curatela y la guarda de hecho
- Sección 1
- Artículo 43
- Sección 2
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 51 bis
- Sección 3
- Artículo 52
- CAPÍTULO V - De la concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- CAPÍTULO VI - De la protección del patrimonio de las personas con discapacidad
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- CAPÍTULO VII - Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica
- Artículo 59
- Artículo 60
- CAPÍTULO VIII - De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- CAPÍTULO IX - De la declaración de ausencia y fallecimiento
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
- Artículo 75
- Artículo 76
- Artículo 77
- CAPÍTULO X - De la extracción de órganos de donantes vivos
- Artículo 78
- Artículo 79
- Artículo 80
- CAPÍTULO XI - De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales sobre hechos pasados
- Artículo 80 bis
- Artículo 80 ter
- Artículo 80 quater
- Artículo 80 quinquies
- TÍTULO III - De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de familia
- CAPÍTULO I - De la dispensa del impedimento matrimonial
- Artículo 81
- Artículo 82
- Artículo 83
- Artículo 84
- CAPÍTULO II - De la intervención judicial en relación con la patria potestad
- Sección 1
- Artículo 85
- Sección 2
- Artículo 86
- Sección 3
- Artículo 87
- Artículo 88
- Artículo 89
- CAPÍTULO III - De la intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes gananciales
- Artículo 90
- TÍTULO IV - De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho sucesorio
- CAPÍTULO I - Del albaceazgo
- Artículo 91
- CAPÍTULO II - De los contadores-partidores dativos
- Artículo 92
- CAPÍTULO III - De la aceptación y repudiación de la herencia
- Artículo 93
- Artículo 94
- Artículo 95
- TÍTULO V - De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho de obligaciones
- CAPÍTULO I - De la fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones cuando proceda
- Artículo 96
- Artículo 97
- CAPÍTULO II - De la consignación
- Artículo 98
- Artículo 99
- TÍTULO VI - De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a los derechos reales
- CAPÍTULO I - De la autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del usufructo
- Artículo 100
- Artículo 101
- Artículo 102
- Artículo 103
- CAPÍTULO II - Del expediente de deslinde de fincas no inscritas
- Artículo 104
- Artículo 105
- Artículo 106
- Artículo 107
- TÍTULO VII - De los expedientes de subastas voluntarias
- Artículo 108
- Artículo 109
- Artículo 110
- Artículo 111
- TÍTULO VIII - De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia mercantil
- CAPÍTULO I - De la exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad
- Artículo 112
- Artículo 113
- Artículo 114
- Artículo 115
- Artículo 116
- CAPÍTULO II - De la convocatoria de juntas generales
- Artículo 117
- Artículo 118
- Artículo 119
- CAPÍTULO III - Del nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad
- Artículo 120
- Artículo 121
- Artículo 122
- Artículo 123
- CAPÍTULO IV - De la reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones
- Artículo 124
- CAPÍTULO V - De la disolución judicial de sociedades
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 128
- CAPÍTULO VI - De la convocatoria de la asamblea general de obligacionistas
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- CAPÍTULO VII - Del robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- CAPÍTULO VIII - Del nombramiento de perito en los contratos de seguro
- Artículo 136
- Artículo 137
- Artículo 138
- TÍTULO IX - De la conciliación
- Artículo 139
- Artículo 140
- Artículo 141
- Artículo 142
- Artículo 143
- Artículo 144
- Artículo 145
- Artículo 146
- Artículo 147
- Artículo 148
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera - «CAPÍTULO IV BIS - Medidas relativas a la restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional»
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Disposición final séptima
- Disposición final octava
- Disposición final novena
- Disposición final décima
- Disposición final undécima - «TÍTULO VII - Intervención de los Notarios en expedientes y actas especiales - CAPÍTULO I - Reglas generales - CAPÍTULO II - De las actas y escrituras públicas en materia matrimonial - CAPÍTULO III - De los expedientes en materia de sucesiones - CAPÍTULO IV - De los expedientes en materia de obligaciones - CAPÍTULO V - Del expediente de subasta notarial - CAPÍTULO VI - De los expedientes en materia mercantil - CAPÍTULO VII - De los expedientes de conciliación
- Disposición final duodécima - «TÍTULO IV BIS - De la conciliación
- Disposición final decimotercera
- Disposición final decimocuarta
- Disposición final decimoquinta
- Disposición final decimosexta
- Disposición final decimoséptima
- Disposición final decimoctava
- Disposición final decimonovena
- Disposición final vigésima
- Disposición final vigésima primera
- Firma