BOE-A-1995-1741
Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.
- Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.
- Preambulo
- Artículo único
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición transitoria única
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Firma
- ANEXO - Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos
- TÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- TÍTULO II - De la actividad de distribución al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos
- CAPÍTULO I - Obtención de la condición de operador. Requisitos y acreditación de los mismos
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- CAPÍTULO II - Procedimiento de autorización
- Artículo 14
- Artículo 14 bis
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- TÍTULO III - De la actividad de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas de carburantes y combustibles petrolíferos
- CAPÍTULO I - Obtención de la condición de distribuidor. Requisitos y acreditación de los mismos
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- CAPÍTULO II - Procedimiento de autorización de la actividad
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- CAPÍTULO III - Obligaciones de los distribuidores
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- TÍTULO IV - Régimen sancionador
- Artículo 29