BOE-A-2022-12015
Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
- Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
- [preambulo]
- CAPÍTULO I - Disposición general
- Artículo 1
- CAPÍTULO II - De la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud
- Artículo 2
- Artículo 3
- CAPÍTULO III - Del procedimiento y criterios para la solicitud de nuevos títulos de especialista en Ciencias de la Salud y de diplomas de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos.
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- CAPÍTULO IV - Del sistema formativo de las áreas de capacitación específica
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- CAPÍTULO V - De las pruebas anuales de acceso a plazas de formación sanitaria especializada
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición transitoria única
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Disposición final séptima
- Disposición final octava
- [firma]
- ANEXO I - Criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista y la revisión de los títulos establecidos
- ANEXO II - Criterios para la propuesta de un nuevo diploma de área de capacitación específica (ACE) y la revisión de los diplomas establecidos